miércoles, 26 de agosto de 2015

MI PROGRAMA DE FORMACIÓN

Tecnólogo Producción de Multimedia del Sena:
Infograma sobre el programa a continuación


domingo, 23 de agosto de 2015

MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA CASO 1

Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.

Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.

Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.


Análisis del caso

¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.

Federico deberá observar en el Reglamento estudiantil Capítulo  II DERECHOS DEL APRENDIZ SENA, artículo 7, inciso 4, que difiere que los estudiantes deben recibir su carné al momento de legalizar su matrícula:

       "Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA"

 Además esto es lo que lo identifica como aprendiz Sena en cualquiera que sea la actividad que realice como estudiante de la institución. 

También en el capítulo III DEBERES DEL APRENDIZ SENA, artículo 9, inciso 14, contempla que deberá ser portador del carné permanentemente y visible:
    
    "Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General"

Puesto que la respuesta de la funcionaria no fue la más acertada, ya que lo expuesto anteriormente lo constata, el estudiante deberá optar por otro recurso, en este caso el deberá hacer la solicitud del carné a su tutor o consejero manifestando que el reglamento no establece que para la modalidad virtual no es establecido el uso del carné y poder seguir haciendo sus visitas.

MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ CASO 2

Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.

Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia

Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.


Análisis del caso


¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?

Nicolás deberá basarse en los siguientes artículos:

Capítulo II DERECHOS DEL APRENDIZ, Artículo 7, inciso 11 y 12. Contemplan que el estudiante tiene derecho a ser evaluado, calificado y a conocer su puntaje de evaluación dentro de los siguientes 8 días hábiles y a solicitar de manera respetuosa la revisión de sus evaluaciones si considera que sus resultados no son los correctos:

            11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula. 
        12. Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento

Para el proceso de solicitar los juicios de evaluación de sus evidencias deberá basarse en el Capítulo VII PROCESO DE FORMACIÓN, INCUMPLIMIENTO, DESERCIÓN, artículo 22 , inciso 3. El procedimiento es el siguiente:
Presentar la solicitud deseada dentro de los dos siguientes días hábiles a la publicación de sus resultados, la cual deberá ser contestada por el instructor dentro de los dos días hábiles siguientes de radicada la solicitud.
En caso de no ser contestada en este plazo o en seguir en desacuerdo se deberá solicitar por escrito al Coordinador académico la asignación de un segundo evaluador, la cual sera contestada en los dos días hábiles siguientes:

            Revisión de los Resultados de Evaluación: El instructor debe analizar el avance del proceso de formación, identificando con el aprendiz sus logros y dificultades, retroalimentando de manera permanente y ajustando las estrategias desarrolladas, en los casos que se requiera. En caso de que el aprendiz no logre el resultado de aprendizaje, el instructor programa y realiza actividades pedagógicas complementarias. El Aprendiz que esté en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el Instructor, podrá ejercer el derecho a que se le revisen los resultados, siguiendo el procedimiento: - Presentar solicitud de forma escrita al instructor y a través del sistema de gestión de la formación, para la revisión por el Instructor, orientador del proceso de aprendizaje que emitió la evaluación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación o entrega de la misma, argumentando los fundamentos del desacuerdo. - Esta solicitud debe ser contestada por el instructor, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz. - Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el desacuerdo con la respuesta recibida, el aprendiz podrá solicitar mediante escrito dirigido al Coordinador Académico o rol correspondiente a la modalidad del programa de formación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente; la decisión del segundo evaluador es definitiva para la evaluación del Aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud presentada por el Aprendiz.




lunes, 17 de agosto de 2015

MI CONTEXTO DE FORMACIÓN

Por medio de una presentación de diapositivas se da un acercamiento a la formación virtual y a entidad de estudios Sena





sábado, 15 de agosto de 2015

MI PRESENTACIÓN


Soy Laura Fernanda Beltrán y a continuación esta link donde podrán conocer un poco más a cerca de mí.